este Juzgado Segundo de Ejecución del Primer Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de La Ley, ACUERDA LA CONVERSION del resto de la pena en CONFINAMIENTO al penado WLADIMIR ROJAS ROJAS Venezolano, Titular de la Cédula de Identidad No-16.702.655, la cual cumplirá en la ciudad de "Guarenas, Oropeza Castillo, Conjunto Residencial Colinas Altas, Edificio N° 02, apartamento N° 02, señora Hacia Karin Rojas, teléfonos 0414-315.9981. Le falta por cumplir UN (01) AÑO, NUEVE (09) MESES, Y QUINCE DÍAS, que serán cumplidos en fecha 16-08-2009. Así mismo el penado deberá cumplir con las siguientes obligaciones: Residir en el Territorio de Guarenas Estado Miranda, específicamente en Oropeza Castillo, Conjunto Residencial Colinas Altas, Edificio N° 02, apartamento N° 02, señora Hacia Karin Rojas, teléfonos 0414-315.9981, y deberá presentarse ante la Primera Autoridad Civil de ciudad de "Guarenas" con la peri.....