En virtud de las consideraciones antes expuestas el Juzgado Quinto de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, actuando en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, de conformidad con el contenido del numeral 3 del artículo 262 del Código Orgánico Procesal Penal ACUERDA LA REVOCATORIA DE LA MEDIDA CAUTELARES SUSTITUTIVA A LA PRIVACIÓN DE LIBERTAD impuesta al procesado ENRIQUE JOSÉ BARRIOS RONDÓN, venezolano, mayor de edad, portador de la Cédula de Identidad Nro V-13.690.862, domiciliado en Caserío Arapito, vía Cumaná - Puerto La Cruz; n causa seguida en su contra por la presunta comisión del delito de Resistencia a la Autoridad. En consecuencia, líbrense boletas de captura a nombre de la imputada y junto con oficios remítanse a la Comandancia General de la Policía del Estado Sucre y al Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalística, a los fines de su captura, su reclusión en la Comandancia General de la Policía y su puest.....