Es por lo que este Juzgado Tercero de Control del Primer Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, Decreta Medida de Protección a favor del ciudadano: MIGUEL JOSE LEMUS ALZOLAR, quien es víctima directa en la causa penal en fase de investigación bajo el número 19-F7-1C-1367-07, quién es Venezolana, titular de la cedula de identidad 14.885801, . CONSISTENTE EN CUSTODIA PERSONAL A LA VICTIMA MIGUEL JOSE LEMUS ALZOLAR en el Hospital Universitario Antonio Patricio Alcalá, piso 7, sala 27, cama 27-2, Area de cirugía Blanda, a cargo de funcionarios adscritos al Institutto Autónomo de Policía del Estado Sucre, hasta tanto la víctima sea dada de alta por su médico tratante, a partir de la presente fecha.. Todo de conformidad con lo establecido en los artículos 83 y 84 de la Ley Orgánica del Ministerio Público, concatenado con los Artículos 23 y 118 del Código Orgánico Procesal Penal. Líbrese B.....