este TRIBUNAL TERCERO DE JUICIO del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, Sede Cumaná, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, condena por el procedimiento de admisión de los hechos, por el delito de TRANSPORTE DE SUSTANCIAS ESTUPEFRACIENTES Y PSICOTROPICAS, previsto y sancionado en el artículo 31 de la Ley Orgánica contra el Tráfico lícito y el Consumo de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas, en perjuicio de la Colectividad, al ciudadano HUMBERTO JOSE CALZADILLA, VENEZOLANO, Titular de la Cédula de Identidad N° 4.824.572, de 59 AÑOS de edad, concubino, Marinero, residenciado Margarita en el Internado Judicial del Estado Nueva Esparta, a cumplir la pena de SEIS (06) AÑOS DE PRISIÓN, mas las accesorias de ley previstas en el artículo 16 del Código Penal; pena ésta que terminará de cumplir aproximadamente en el mes de Noviembre del año dos mil doce (2012). Dada la solicitud de imposición de una medida cautelar sustit.....