Este Tribunal Segundo de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, con sede en Cumaná Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley DECLARA CUMPLIDA Y POR CONSECUENCIA EXTINTA LA PENA CORPORAL del ciudadano JORGE RAFAEL CORDOVA MALAVE venezolano, nacido en fecha: 03-09-72, de 34 años, soltero, hijo de Jorge Córdova y Nerys Malavé, residenciado en La Urbanización El Brasil, Sector 11, Vereda 78, casa No-13, Cumaná, Estado Sucre, Titular de la Cédula de Identidad No-11.384.793 y MARIA GABRIELA VASQUEZ AREINAMO Venezolano, nacido en fecha: 23-11-81, de 25 años de edad, residenciado en La urbanización El Brasil, Sector 11, Vereda 78, Casa No-13, Cumaná, Estado Sucre, hijo de Cruz Toribio Yendez y Cresencia María Vásquez, Titular de la Cédula de Identidad No-16.314.648, y así se declara con fundamento en los artículos 479, 482, 497, del Código Orgánico Procesal Penal y 105 del Código Penal Vigente