este Tribunal Tercero de Control, actuando en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, ACUERDA: Ratificar La Medida de Protección y Seguridad, impuesta por el Ministerio Público, las cuales consisten en la salida inmediata del agresor de la residencia donde habita la víctima, la prohibición de acercamiento a la víctima y la prohibición al imputado de fomentar actos de intimidación, acoso y amenazas, por si mismo o por terceras personas, que vayan en perjuicio de la víctima presente en sala, al ciudadano ENRIQUE JOSÉ PÉREZ ZERPA, venezolano, de 39 años de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº V-11.825.388, fecha de nacimiento 02/01/1968, soltero, de profesión u oficio indefinido, hijo de Carmen Zerpa y padre fallecido, residenciado en Parcelamiento Miranda, Sector El Barbudo, Manzana 79, casa n° 06, Cumaná, Estado Sucre, por los delitos de AMENAZA y VIOLENCIA PSICOLOGICA, en perjuicio de la ciudadana EIRA ISABEL GUARDIA ZERPA; todo de conformi.....