Este Tribunal ADMITE TOTALMENTE la acusación presentada por la Fiscal Séptima del Ministerio Público, por cuanto considera tal como ha quedado asentado que la misma llena los extremos de exigencia del articulo 326 del Código Orgánico Procesal Penal, en lo que respecta como se ha indicado, a la imputación por los delitos de HOMICIDIO INTENCIONAL EN GRADO DE COMPLICIDAD CORRESPECTIVA, previsto y sancionado en el articulo 405 del Código Penal, en relación con el artículo. 424 ejusdem, en perjuicio del ciudadano GILBERTO RAFAEL VELASQUEZ (Occiso). Se admiten las pruebas ofrecidas por la representación fiscal tal como aparecen descritas y detalladas al folio 148 al 150 del presente expediente, por ser estas útiles, necesarias y pertinentes. Asimismo se admiten las pruebas testimoniales ofrecidas por la defensa específicamente las testimoniales de los ciudadanos Oscar Cardozo, Amalli Marchan y José Jiménez. Por mandato expreso del articulo 376 del Código Orgánico Procesal Penal este Tr.....