Administrando Justicia en nombre de la Republica y por autoridad de la Ley, DECLARA CULPABLE y se CONDENA, al ciudadano: WILKVIS LEONCIO MARCANO, venezolano, natural de Caracas distrito Capital, de 21 años de edad, nacido en fecha: 23-03-1992, de estado civil soltero, titular de la cédula de identidad Nº 24.288.833, de profesión u oficio: comerciante, hijo de Daysi Coromoto Marcano y Williams Reyes, con domicilio en con domicilio Versalles, calle Miramar, casa sin numero, a dos casas del taller de latonería hermanos Moya, Carúpano, Municipio Bermúdez del Estado Sucre; a cumplir la pena de DOCE (12) AÑOS DE PRISION, por considerar quien aquí decide que el mismo se encuentra incurso en la comisión del delitos: TRAFICO ILICITO DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTROPICAS EN LA MODALIDAD DE OCULTACION previsto y sancionado en el artículo 149 en su segundo aparte de la Ley Orgánica de Drogas, TRAFICO ILICITO DE PLANTAS EN LA MODALIDAD DE CULTIVO, previsto y sancionado en el segundo aparte .....