Por todos los fundamentos de hecho y de derecho, éste Tribunal Unipersonal Primero de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre Extensión Carúpano, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, CONDENA, al acusado ciudadano : KELVIS DANIEL MARÍN GIL, venezolano, de 20 años de edad, nacido en fecha 23-07-88, titular de la Cédula de Identidad N° 19.708.404, de oficio obrero, de estado civil soltero, hijo de Ramón Marín y Delis Marín y residenciado en Guayacán de las Flores, Sector 1, Vereda 24, Casa Nº 02, cerca del restauran Pollo a la Broster de la Gran Parada, Carúpano, Estado Sucre, a cumplir la pena principal de OCHO (08) AÑOS DE PRESIDIO, mas las accesorias de ley , establecidas en el artículo 13 del Código Penal, en el establecimiento carcelario que determine la autoridad competente, por considerarlo culpable de la comisión del delito de HOMICIDIO INTENCIONAL SIMPLE EN GRADO DE FRUSTRACIÓN, previsto y sancionado en e.....