este Tribunal Segundo de Control Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley ACUERDA el Cese de la MEDIDA DE PROTECCION PARA EL TESTIGO ROSA FIGUEROA, titular de la Cédula de Identidad N° V.- 526641, por considerar que habiéndose vencido el lapso de seis meses de la medida de protección, sin que la victima manifestara la prorroga de esta es por lo que de conformidad con el articulo 42 de la Ley Sobre Protección a Victima, testigos y demás sujetos procésales