PRIMERO: CON LUGAR la demanda de Cobro de Prestaciones Sociales intentada por los ciudadanos: LUIS DANIEL GRANADO, REINALDO ANTONIO RODRIGUEZ, Y GUILLERMO JOSE RAMIREZ venezolanos, mayor de edad, titular de las cédula de identidad Nº5.909.215, 5.902.504, 9.935.713, en contra de la empresa co-demandada INVERSIONES 2010, C.A
SEGUNDO: SE ORDENA a la parte demandada a cancelar a la parte demandante la suma condenada por los conceptos de pago de diferencias salariales, indemnización sustitutiva de los Interés de Mora, lo cual deberá ser calculado por el experto designado. Y ASI QUEDA ESTABLECIDO.
De igual manera se le ordena cancelar las cantidades que resulten por los Intereses de Fideicomiso según la cláusula 38 de la convecino referida y conforme al artículo 108 de la Ley Orgánica del Trabajo, efectuándose el cálculo desde la fecha en que nace el derecho a la antigüedad en la relación laboral hasta la fecha de terminación de la misma; dichos conceptos serán calculados por un único ex.....