D E C I S I Ó N
Por los razonamientos anteriormente expuestos, esta Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, decide: Se declara ADMISIBLE, el Recurso de Apelación interpuesto por la abogada OMAIRA GUZMAN GUERRA, actuando con el carácter de Defensora Pública Penal de la ciudadana ALINA DEL VALLE GONZÁLEZ MORON, contra decisión dictada por el Tribunal Tercero de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre - Sede Cumaná y publicada en fecha 26 de enero de 2007, mediante la cual condenó a cumplir la pena de Dos (02) años de prisión y Multa de Doscientas (200 Ut) Unidades Tributarias, en la causa seguida por el delito de DIFAMACIÓN AGRAVADA, previsto y sancionado en el primer aparte del artículo 442 del Código Penal, en perjuicio del ciudadano CANDELARIO GASPAR MARTÍNEZ; de conformidad con las previsiones establecidas en los artículos 432, 437, 453 y 45.....