Por las razones antes expuestas, este Juzgado Superior en lo Civil, Mercantil, de Tránsito, Bancario y de Protección del Niño y del Adolescente del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara DESISTIDO el recurso de hecho interpuesto por la abogada JOSMARY GUTIERREZ, inscrita en el Inpreabogado bajo el número: 55.282, en su carácter de apoderada judicial de la compañía de comercio contra la sentencia interlocutoria de fecha 09 de enero del presente año, dictada por el Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Mercantil de este Circuito y Circunscripción Judicial.