Por las razones expuestas este Juzgado Superior en lo Civil, Mercantil, de Tránsito, y Protección del Niño y del Adolescente del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara CON LUGAR el recurso de regulación de la competencia interpuesto. En consecuencia, queda RREVOCADA la decisión de fecha 01 de octubre de 2004 emanada del Juzgado de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario y de Tránsito de este Circuito y Circunscripción Judicial. En consecuencia:
1. Se declara el Juzgado de Primera Instancia Civil de este Circuito y Circunscripción Judicial, competente para conocer y decidir la presente causa.
2. Se ordena la remisión del presente expediente al Juzgado respectivo, a los fines de la prosecución de la presente causa.