LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL,
AGRARIO Y TRANSITO DEL SEGUNDO CIRCUITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO SUCRE.
Carúpano 28 de Septiembre del 2.026
216° y 167°

Exp. N° 5.455

SOLICITANTE: JUAN ELISEO CENTENO titular de la Cédula de Identidad N° 4.301.529

APODERADO: No Otorgo

DOMICILIO PROCESAL: No Constituyo.

MOTIVO: SOLICITITUD AUTÓNOMA (TITULO SUPLETORIO DE VEHICULO -IMPRONTA).

SENTENCIA: INTERLOCUTORIA CON FUERZA DEFINITIVA

Revisadas como han sido las actuaciones que conforman la presente Solicitud, y evidenciándose de las mismas que por decisión de fecha 02 de Noviembre del 2012, este Tribunal declaró La Perención de la Instancia y por cuanto desde que fue dictada la referida Sentencia, la parte solicitante no ejerció recurso alguno en el lapso legal correspondiente, es por lo que éste Tribunal de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario y Tránsito del segundo Circuito Judicial del Estado Sucre, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, da por terminada la presente solicitud y se ordena el archivo de la misma. Así se decide.
Publíquese, la presente decisión en el sitio Web del Tribunal Supremo de Justicia www.tsj.gob.ve
La Juez,

Susana García de Malavé.

La Secretaria

Aracelis Teresa Martínez.
SGDM/atm/lc.-
Sol. N° 5.455