LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL,
AGRARIO Y TRANSITO DEL SEGUNDO CIRCUITO DE LA
CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO SUCRE.
Carúpano, 13 de Mayo del 2026.
216° y 167°
Exp. N° 17.977.

DEMANDANTE: LUDYS NIELYS FIGUERA, titular de la Cédula de Identidad Nro: 20.127.563.

DEFENSORA: Abg: EDITTELA DEL VALLE TORRES PEREZ inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 167.370.

DOMICILIO PROCESAL: No Constituyo

DEMANDADO: DOMINGO LUIS GARCIA, titular de la Cédula de Identidad Nro: 5.907.427.

DEFENSOR: Abg: CARLOS ENRIQUE SALGADO inscrito en el Inpreabogado bajo el No. 283.007.

DOMICILIO PROCESAL: No Constituyo

MOTIVO: PERTURBACION DE LA OCUPACION DEL PREDIO (AGRARIO)

SENTENCIA: INTERLOCUTORIA CON FUERZA DEFINITIVA.

Revisadas como han sido las actuaciones que conforman el presente expediente, y evidenciándose de las mismas que por decisión de fecha 26 de Marzo de 2026, este Tribunal HOMOLOGO EL COVENIMIENTO y por cuanto desde que fue dictada la referida Sentencia, las partes no ejercieron recurso alguno en el lapso legal correspondiente, es por lo que éste Tribunal de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario y Tránsito del segundo Circuito Judicial del Estado Sucre, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, da por terminado el presente juicio y se ordena el archivo del expediente. Así se decide. Publíquese, la presente decisión en el sitio Web del Tribunal Supremo de Justicia www.tsj.gob.ve.
La Juez,
Susana García de Malavé.
La Secretaria,
Aracelis Teresa Martínez.
Exp. Nro. 17.977.
SGDM/atm/ym.