LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL,
AGRARIO Y TRANSITO DEL SEGUNDO CIRCUITO DE LA
CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO SUCRE.
Carúpano, 26 de Marzo del 2026.
215° y 167°
Exp. N° 17.977.
DEMANDANTE: LUDYS NIELYS FIGUERA, titular de la Cédula de Identidad Nro: 20.127.563.
DEFENSORA: Abg: EDITTELA DEL VALLE TORRES PEREZ inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 167.370.
DOMICILIO PROCESAL: Avenida Independencia Edificio Tawil, Primer piso, Carúpano Estado Sucre.
DEMANDADO: DOMINGO LUIS GARCIA, titular de la Cédula de Identidad Nro: 5.907.427.
DEFENSOR: Abg; CARLOS ENRIQUE SALGADO inscrito en el Inpreabogado bajo el No. 283.007.
DOMICILIO PROCESAL: No Constituyo.
MOTIVO: PERTURBACION DE LA OCUPACION DEL PREDIO (AGRARIO).
SENTENCIA: INTERLOCUTORIA CON FUERZA DEFINITIVA.
Por cuanto en fecha 12 de Marzo del año Dos Mil Veintiséis (2.026), comparecieron por ante este Tribunal las partes intervinientes en el presente juicio, ciudadana LUDYS NIELYS FIGUERA RONDON, titular de la cedula de identidad 20.127.563, asistida de la Defensora Publica Provisoria Segunda Agrario abogada EDITTELA DEL VALLE TORRES, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 167.370, parte actora en el presente juicio y el ciudadano DOMINGO LUIS GARCIA titular de la cedula de identidad N° 5.907.427, asistido por el Defensor Público primero Agrario CARLOS ENRIQUE SALGADO inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 283.007, parte demandante, a los fines de poner fin al presente juicio establecieron un acuerdo en los siguientes términos; la parte demandada ciudadano DOMINGO LUIS GARCIA, identificado anteriormente ofreció a la parte demandante ciudadana LUDYS NIELYS FIGUERA, la cantidad de Cuatro Hectáreas (4 ha) de terreno, pertenecientes a la hacienda SAN AGUSTIN, ubicada en el Sector San Agustín, Parroquia El Pajuil, Municipio Cajigal del Estado Sucre, con las bienhechurías fomentadas en el mismo, las cuales fueron delimitadas a través de una Inspección Técnico Administrativo con el apoyo de Técnico de campo asignado por el Instituto Nacional de Tierras, como compensación por los años que el ciudadano JUAN VALENTIN FIGUERA (fallecido), padre de la demandante, estuvo trabajando como medianero por más de 30 años con el ciudadano RAMON RAFAEL CARABALLO y la ciudadana ANTONIA GARCIA (fallecidos). Asimismo la Defensora Publica Provisoria Segunda Agrario abogada EDITTELA DEL VALLE TORRES, en representación de la parte demandante, manifestó que su representada estaba de acuerdo en recibir la cantidad de terreno ofrecido, quien manifestó además que entregaba en óptimas condiciones el restante de la hacienda, haciéndole entrega al ciudadano DOMINGO LUIS GARCIA, de la cantidad de SEIS MIL DOLARES AMERICANOS (6.000,00), correspondientes a la cosecha pasada, los cuales no se los había entregado en su debida oportunidad, igualmente señaló que su representada había construido una corredera que se utilizaba para el secado del cacao en dichos terrenos, la cual desarmo y se llevó todo el material correspondiente a la misma. Igualmente las partes se comprometieron a respetar el presente acuerdo, en todas y cada una de sus partes; es por lo que este Tribunal imparte su aprobación en los mismos términos expuestos. En consecuencia, éste Juzgado de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario y Tránsito del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, HOMOLOGA el CONVENIMIENTO de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 263 del Código de Procedimiento Civil. Así se decide. Y se acuerda expedir las copias certificadas solicitadas del mismo.
Publíquese, la presente decisión en el sitio Web del Tribunal Supremo de Justicia www.tsj.gob.ve.
La Juez,
Susana García de Malavé.
La Secretaria,
Aracelis Teresa Martínez.
SGDM/Atm/ym.
Exp. N° 17.977.
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