LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, AGRARIO Y TRÁNSITO DEL SEGUNDO CIRCUITO DE LA
CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO SUCRE.
Carúpano, 23 de Marzo del 2.026.
215º y 167º
Exp. N° 18.014
DEMANDANTE: CARLOS JOSE RAMIREZ CARABALLO, titular de la Cedula de Identidad N° 10.882.544.
APODERADO: No Otorgó.
DOMICILIO PROCESAL: No Constituyó.
DEMANDADO: RICARDO JOSE RODRIGUEZ TINEO, titular de la Cédula de Identidad N° 17.672.056.
APODERADO: No Otorgó.
DOMICILIO PROCESAL: No Constituyó.
MOTIVO: INTIMACION AL PAGO POR COBRO DE BOLIVARES.
SENTENCIA: INTERLOCUTORIA CON FUERZA DEFINITIVA.
Revisadas como han sido las actuaciones que conforman el presente expediente, y evidenciándose de las mismas que por decisión de fecha 11 de Febrero del 2026, este Tribunal NEGO LA ADMISION DE LA DEMANDA y por cuanto desde que fue dictada la referida Sentencia, las partes no ejercieron recurso alguno en el lapso legal correspondiente, es por lo que éste Tribunal de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario y Tránsito del segundo Circuito Judicial del Estado Sucre, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, da por terminado el presente juicio y se ordena el archivo del expediente. Así se decide. Publíquese, la presente decisión en el sitio Web del Tribunal Supremo de Justicia www.tsj.gob.ve
La Juez,
Susana García de Malavé.
La Secretaria
Aracelis Teresa Martínez.
Exp. N° 18.014.
SGDM/atm/ym.
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