REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL PRIMERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS BERMÚDEZ, BENÍTEZ, LIBERTADOR, ANDRÉS MATA Y ARISMENDI DEL SEGUNDO CIRCUITO.

TRIBUNAL PRIMERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS BERMÚDEZ, BENÍTEZ, LIBERTADOR, ANDRÉS MATA Y ARISMENDI DEL SEGUNDO CIRCUITO JUDICIAL DEL ESTADO SUCRE.-
Carúpano, 06 de julio de 2026.-
216° y 167°
Vista la anterior diligencia de fecha: primero (01) de julio de 2026, suscrita por ciudadana CLAUDIA TERESA FIGUEROA MALAVE, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-12.887.463, asistida por la abogada en ejercicio MORAIMA GOYO MARTINEZ, inscrita en el I.P.S.A, bajo el N° 78.536, quien manifiesta DESISTIR del presente procedimiento con el objeto de dar por concluido el mismo.- En consecuencia este Juzgado de Primero de Municipio Bermúdez, Benítez, Libertador, Andrés Mata y Arismendi del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, le imparte la correspondiente HOMOLOGACIÓN a dicho desistimiento de conformidad con lo establecido en el Artículo 263 del Código de Procedimiento Civil.- Asimismo, se ordena la devolución de la Letra de cambio la cual se encuentra en resguardo de este Tribunal a su vez se da por terminado el presente expediente y se ordena su archivo.- Cúmplase lo ordenado.-
LA JUEZ,
Abg. KEINA MARCANO.-
LA SECRETARIA,
Abg. SANTA ESPINOZA.-
NOTA: En esta misma fecha se cumplió lo ordenado.- Conste.-
LA SECRETARIA,
Abg. SANTA ESPINOZA.-
EXP. N° 6.376-26.-
KM/Se/jv.-