REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA

JUZGADO SEGUNDO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS
DE LOS MUNICIPIOS RIBERO Y ANDRÉS ELOY BLANCO
PRIMER CIRCUITO JUDICIAL DEL ESTADO SUCRE
Casanay, 14 de Agosto de 2026.-
216° y 167°

SOLICITANTE: BARBARA SINAYS BERRUETA BRITO
MOTIVO: TITULO SUPLETORIO. -
SENTENCIA: INTERLOCUTORIA. -

Vista la anterior solicitud de TITULO SUPLETORIO, suscrita por la ciudadana: BARBARA SINAYS BERRUETA BRITO, venezolana, mayor de edad, soltera, titular de la cedula de identidad Nº V-22.358.863, Rif: V-223588634, número de teléfono: +34670379235, correo electrónico: dannabustamante70@gmail.com, domiciliada en la calle El Tamarindo, casa s/n, sector Agua Caliente, Parroquia Cariaco, Municipio Ribero del Estado Sucre, debidamente asistida en este acto por la abogada en ejercicio ODALI DEL CARMEN RIVAS, inscrita en el Inpreabogado bajo N° 167.694, y de este domicilio.- Asimismo las declaraciones de los testigos presentados por la parte interesada ciudadanos: EVA BAUTISTA BARRETO y OSCAR ANTONIO GARCIA GONZALEZ venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad números: V-9.457.060 y V-9.223.287, respectivamente, domiciliados la primera en calle Ecuador, casa s/n, Casanay Municipio Andres Eloy Blanco del Estado Sucre y el segundo calle El Tamarindo, casa s/n, Sector Agua Caliente, Municipio Ribero del Estado Sucre.- En dicha solicitud de TITULO SUPLETORIO DE BIENHECHURIAS la ciudadana: BARBARA SINAYS BERRUETA BRITO, venezolana, mayor de edad, soltera, titular de la cedula de identidad Nº V-22.358.863, solicita a este DESPACHO JUDICIAL, se sirva declarar dichas actuaciones bastantes y suficientes para asegurarle sus derechos de propiedad sobre unas BIENHECHURIAS, enclavadas en un lote de TERRENO PROPIEDAD MUNICIPAL, ubicado fuera de la poligonal urbana ZNC-13-01-03-41, situado en calle El Tamarindo, casa s/n, sector Aguas Caliente, Municipio Ribero del estado Sucre, alinderado de la siguiente manera: NORTE: Con propiedad que es o fue de Ezequiel Velásquez en (107,05Mts), SUR: Con propiedad que es o fue de Armando Quijada en (107,05Mts); ESTE: Su fondo con terreno INTI en (14,95Mts), y OESTE: Su Frente con Calle El Tamarindo en (14,95Mts), con medidas específicas de Catorce Metros con Noventa y Cinco Centimetros (14,95Mts) de frente o ancho, por Ciento Siete Metros con Cinco Centimetros (107,05 Mts) de largo o fondo para un area total del terreno de MIL SEISCIENTOS METROS CUADRADOS (1.600Mts2).- Ha construido unas Bienhechurías consistente en una casa de habitación consiste en un (01) porche, una (01) sala-comedor, una (01)cocina con mesones y tope de cerámicas, tres(03) habitaciones, un (01) baños con accesorios en cerámica, un (01) lavadero, un (01) estacionamiento, un (01) área de parrilla, se encuentra construida con paredes de bloque de frisadas y pintadas, techo de acerolit y zinc, piso de cemento pulido y rustico, ventanas con protectores de hierro, puertas de madera y hierro, portones de hierro, cercada perimetralmente con fachadas en piedras y rejas decorativas en el frente, y cercada con bloques y alfajol por los lados y fondo, con servicios de aguas blancas, aguas servidas y electricidad, para un área total de construcción de DOSCIENTOS CUARENTA Y OCHO METROS CUADRADOS CON SESENTA Y OCHO CENTIMETROS CUADRADOS (248.68Mts2).- Lo invertido en la construcción de las referidas BIENHECHURIAS fue por cantidad de SIETE MILLONES DE BOLIVARES (Bs. 7.000.000,00).- Ahora bien, por cuanto las mencionadas testigos ciudadanas EVA BAUTISTA BARRETO y OSCAR ANTONIO GARCIA GONZALEZ, plenamente identificados, quienes están contestes en afirmar en todas y cada una de sus partes los particulares a que se refiere dicha solicitud, así como los recaudos acompañados Certificación de Medidas y Linderos expedida por Ingeniería Municipal del Municipio Ribero; Autorización para tramitación de Titulo Supletorio expedida por la Sindicatura Municipal del Municipio Ribero y Constancia de Residencia y Ocupación expedida por el Consejo Comunal “AGUAS CALIENTE”, Rif: J299088193, jurisdicción de la Parroquia Cariaco, Municipio Ribero del Estado Sucre (Folio del 06 al 09), cuyo contenido goza de presunción de veracidad tal cual se les otorga pleno valor probatorio.- En consecuencia, por los motivos antes expuestos este TRIBUNAL SEGUNDO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS RIBERO Y ANDRÉS ELOY BLANCO DEL PRIMER CIRCUITO JUDICIAL DEL ESTADO SUCRE, procediendo de acuerdo a lo establecido en los artículos 936 y 937 del CÓDIGO DE PROCEDIMIENTO CIVIL, en concordancia con lo dispuesto en el Artículo 3 de la Resolución Nº 2009-0006 de fecha 18 de Marzo de 2009, del Tribunal Supremo de Justicia, publicada en Gaceta Oficial Nº 39.152 del 02-04-2009, MIENTRAS NO HAYA OPOSICIÓN EN CONTRARIO Y DEJANDO A SALVO LOS DERECHOS QUE PUEDAN CORRESPONDER A TERCEROS, DECLARA BASTANTES Y SUFICIENTES DICHAS ACTUACIONES PARA ASEGURARLE a la solicitante ciudadana: BARBARA SINAYS BERRUETA BRITO, venezolana, mayor de edad, soltera, titular de la cedula de identidad Nº V-22.358.863, sus derechos que tiene y le corresponden sobre unas BIENHECHURIAS, enclavadas en un lote de TERRENO PROPIEDAD MUNICIPAL, ubicado fuera de la poligonal urbana ZNC-13-01-03-41, situado en calle El Tamarindo, casa s/n, sector Aguas Caliente, Municipio Ribero del estado Sucre, alinderado de la siguiente manera: NORTE: Con propiedad que es o fue de Ezequiel Velásquez en (107,05Mts), SUR: Con propiedad que es o fue de Armando Quijada en (107,05Mts); ESTE: Su fondo con terreno INTI en (14,95Mts), y OESTE: Su Frente con Calle El Tamarindo en (14,95Mts), con medidas específicas de Catorce Metros con Noventa y Cinco Centimetros (14,95Mts) de frente o ancho, por Ciento Siete Metros con Cinco Centimetros (107,05 Mts) de largo o fondo para un area total del terreno de MIL SEISCIENTOS METROS CUADRADOS (1.600Mts2).- Ha construido unas Bienhechurías consistente en una casa de habitación consiste en un (01) porche, una (01) sala-comedor, una (01)cocina con mesones y tope de cerámicas, tres(03) habitaciones, un (01) baños con accesorios en cerámica, un (01) lavadero, un (01) estacionamiento, un (01) área de parrilla, se encuentra construida con paredes de bloque de frisadas y pintadas, techo de acerolit y zinc, piso de cemento pulido y rustico, ventanas con protectores de hierro, puertas de madera y hierro, portones de hierro, cercada perimetralmente con fachadas en piedras y rejas decorativas en el frente, y cercada con bloques y alfajol por los lados y fondo, con servicios de aguas blancas, aguas servidas y electricidad, para un área total de construcción de DOSCIENTOS CUARENTA Y OCHO METROS CUADRADOS CON SESENTA Y OCHO CENTIMETROS CUADRADOS (248.68Mts2).- Lo invertido en la construcción de las referidas BIENHECHURIAS fue por cantidad de SIETE MILLONES DE BOLIVARES (Bs. 7.000.000,00).- De conformidad con lo establecido en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil. Así se decide.-
Se devuelven estas diligencias, original con sus resultas. Se ordena dejar copia certificada de la presente solicitud y de sus resultas, a los fines de su archivo en este Juzgado. - Cúmplase lo Ordenado. –
LA JUEZA PROVISORIA,
Abg. MARISOL MUJICA. -

LASECRETARIA,
Abg. CARMEN GONZALEZ. -
NOTA: En esta misma fecha (14-08-2026), se cumplió con lo anteriormente ordenado por este Juzgado. -
LA SECRETARIA,
Abg. CARMEN GONZALEZ. -

SOL: Nº 26-27.-
MM/CG/bm.-