PRIMERO: CON LUGAR la solicitud de OBLIGACIÓN DE MANUTENCIÓN, presentada por la ciudadana SILENIA JOSEFINA SÁNCHEZ ROSO, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-11.677.503 y con domicilio en el Municipio Capacho Nuevo del Estado Táchira; contra el ciudadano WILMER ANTONIO GARCÍA CÁRDENAS, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V- 14.265.692 y domiciliado en el Municipio Capacho Nuevo del Estado Táchira.
SEGUNDO: SE FIJA LA OBLIGACIÓN DE MANUTENCIÓN en la cantidad de DIEZ MIL BOLÍVARES (Bs.10.000,00) MENSUALES, los cuales deberá depositar el obligado, en la cuenta de ahorros que este Tribunal ordenará abrir para tal fin, a partir del mes de Septiembre de 2017.
TERCERO: En cuanto a los gastos de la temporada de inicio escolar en el mes de septiembre, se fija una cuota de CINCUENTA MIL BOLÍVARES (Bs. 50.000,00); y para la temporada navideña se fija una cuota de SESENTA MIL BOLÍVARES (Bs. 60.000,00), adicionales a la cuota ordinaria me.....