Se declara CON LUGAR la solicitud de divorcio presentada con base al artículo 185-A del Código Civil, por los ciudadanos IRVIN OMAR ALVAREZ VELOZ y JANESKY CAROLINA ARTEAGA CASIQUE, venezolanos, mayores de edad, titulares de las Cédulas de identidad V-10.010.678 y V-13.748.033, respectivamente, y en consecuencia, queda DISUELTO el vínculo matrimonial existente entre los precitados ciudadanos, el cual fue contraído en fecha 18 de Diciembre de 1996, por ante La Primera Autoridad Civil de la Parroquia Altagracia Municipio Libertador del Distrito Capital; según acta Nº 56.