Se declara CON LUGAR la solicitud de divorcio presentada con base al artículo 185-A del Código Civil, por los ciudadanos VICTOR JESÚS PAZ LÓPEZ y ANA LUISA CONTRERAS SILVA, venezolanos, mayores de edad, de este domicilio y titulares de las cédulas de identidad Nros. V-7.943.949 y V-6.223.714 respectivamente, y en consecuencia, queda DISUELTO el vínculo matrimonial existente entre los precitados ciudadanos, el cual fue contraído en fecha 27 de Mayo del año 1997, contrajeron matrimonio civil por ante Primera Autoridad Civil de la Parroquia Caricuao del Municipio Libertador.