Se DECLARA LA CONVERSION DE LA SEPARACIÓN DE CUERPOS Y BIENES EN DIVORCIO, presentada por los referidos ciudadanos, conforme a lo previsto en el último aparte del artículo 185 del Código Civil; y en virtud de ello, SE DECLARA DISUELTO EL VÍNCULO MATRIMONIAL, existente entre los ciudadanos, VICTOR ALBERTO FERNANDEZ ZABALA y MARÍA JOSEFINA CAPUA RINALDI, venezolanos, mayores de edad y titulares de las cédulas de identidad Nros V- 7.889.939 y V- 10.833.400, respectivamente, contraído en fecha en fecha 18 de octubre del 2008, por ante la Primera Autoridad Civil del Municipio Caripe del Estado Monagas, según acta Nº 29, de la misma data.