Se declara CON LUGAR la solicitud de divorcio presentada con base al artículo 185-A del Código Civil, por los ciudadanos DOMINGO ESTEBAN ALVAREZ ARVELO y JULIBETH MARIA PEREZ JORGE, de nacionalidad venezolanos, mayores de edad y titulares de las Cédulas de identidad V-13.068.792 y V -13.432.342, respectivamente, y en consecuencia queda DISUELTO el vínculo matrimonial existente entre los precitados ciudadanos, el cual fue contraído en fecha 01 de agosto de 2003, por ante La Primera Autoridad Civil de la Parroquia El Junquito Municipio Libertador, Distrito Capital; según acta Nº 62 .