Se DECLARA LA CONVERSION DE LA SEPARACIÓN DE CUERPOS Y BIENES EN DIVORCIO, presentada por los referidos ciudadanos, conforme a lo previsto en el último aparte del artículo 185 del Código Civil; y en virtud de ello, SE DECLARA DISUELTO EL VÍNCULO MATRIMONIAL, existente entre los ciudadanos, MARIANO MARCOS JOSÉ HERRERA y MARÍA SOLEDAD DIEZ BOZA, titulares de las cédulas de identidad Nros 13.290.444 y 13.945.626, respectivamente, contraído en fecha 29 de octubre del 2005, por ante el Juzgado Cuarto de Municipio de la Circunscripción Judicial del Estado Vargas, según acta Nº 06, de la misma data.