Se HOMOLOGA el acuerdo de Responsabilidad de Crianza (Custodia), al cual han llegado los ciudadanos ALVARO DIAZ ARROYO y YLIANA CECILIA RIVAS MILEO, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad V-10.331.570 y V-9.411.019, respectivamente, a favor de sus hijos, "cuya identificación se omite de conformidad con lo establecido en el artículo 65 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes"; , respectivamente en los mismos términos y condiciones por ellos expuestos; se le imparte su aprobación, dándole carácter de Sentencia Firme Ejecutoriada, de conformidad con lo establecido en el artículo 470 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes.