este Tribunal Primero de Control, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, Decreta MEDIDA CAUTELAR SUSTITUTIVA A LA PRIVACIÓN DE LIBERTAD, con fundamento en el artículo 256 numeral 3° del Código Orgánico Procesal Penal, al Imputado RAFAEL RATIA PATIÑO, Venezolano, natural de Cumaná, edad 18 años, soltero, nacido en fecha 17-02-90, titular de la cédula de identidad Nº V-22.626.422, residenciado en la Guaranache, Parroquia San Juan, Casa S/N°, Estado Sucre, por la presunta comisión del delito de ROBO AGRAVADO, previsto y sancionado en el artículo 458 del Código Penal, en perjuicio de los ciudadanos EDUARDO JOSÈ BARCELO GUERRA, MARCELINO DEL JESÚS BRAVO BELLO, LUIS FIDEL CARABALLO PEREZ Y RONIL DEL JESÚS VALERIO. Consistentes en presentaciones cada cinco (5) DÍAS por ante la Unidad de Alguacilazgo de este Circuito Judicial Penal, por un lapso de Seis (06) Meses. Se ordena la libertad del imputado de autos, la cual se hace efect.....