este Tribunal Primero de Control de este Circuito Judicial Penal de Estado Sucre, administrando Justicia en Nombre de la República y por Autoridad de la Ley acoge el pedimento fiscal y en consecuencia DECRETA EL SOBRESEIMIENTO DE LA CAUSA, seguida al imputado Wladimir José Arrecial, venezolano, mayor de edad, soltero, sin oficio definido, titular de la cedula de identidad Nro.-V-17.761.813, residenciado en calle Bolívar, callejón Andrés Bello, al lado de la casa Nro.- 124 de esta ciudad, quien está incurso en la presunta comisión del delito de Robo en la Modalidad de Arrebaton, previsto y sancionado en el artículo 455 en su último aparte del Código Penal, en perjuicio del ciudadano Jesús Enrique Arismendi Velásquez, venezolano, mayor de edad, Docente, titular de la cedula de identidad Nro.-V-5.689.998, , residenciado en la Urb. Villa Dorada, manzana “F” casa Nro.- 16 de esta ciudad. Todo de conformidad con el establecido en el artículo 318 numerales 1 y 4 del Código .....