Por todos los razonamientos antes expuestos, este Tribunal Cuarto de Control Administrando Justicia actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por Autoridad de la Ley, condena a la acusada OMAIRA MARGARITA FUENTES NARVÁEZ, venezolana, de 52 años de edad, titular de la cédula de identidad Nº. 5.708.084, natural de Cumaná, nacida en fecha 09-10-59, casada, de oficios del hogar, hija de Pedro de Jesús Fuentes y Josefa María Narváez, residenciada en Las Delicias de Caigüire, Avda. Carúpano, Sector la Carabela, casa s/n°, al frente del módulo, Cumaná, Estado Sucre, a cumplir la pena de TRES (03) AÑOS DE PRISION, mas las accesorias de ley por la comisión del delito de OCULTAMIENTO DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTRÓPICAS, previsto y sancionado en el encabezamiento del Artículo 31 de la Ley Orgánica Contra el Tráfico Ilícito y Consumo de Sustancias Estupefaciente y Psicotrópicas, concatenado con el segundo aparte del referido artículo, en perjuicio de LA COLECTIVIDAD,.....