Por todo lo antes expuesto, este Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre, bajo la decisión de la Jueza N°: 2 de la Sala de Juicio. Sede Cumaná, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley declara CON LUGAR, la solicitud de Extinción de las Medidas, por el ciudadano: NOEL RAFAEL CARVAJAL, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº: 2.643.694, asistido por el abogado: RAMON E. VARGAS ACUÑA, inscrito en el I.P.S.A., bajo el Nº: 83.737. En consecuencia se ordena levantar las medidas de embargo que pesa sobre el salario o sueldo del referido ciudadano, ordenadas por el Extinto Tribunal de Menores, según oficios Nros. 134 y 135 de fecha 12-02-1999, para lo cual se ordena oficiar al Jefe de Personal de la Universidad de Oriente. Así decide. Cúmplase.-Líbrese oficio.-