DECRETA el sobreseimiento de la causa, previa Extinción de la Acción Penal, a favor del ciudadano Héctor José Marval Velásquez, venezolano, mayor de edad, residenciado en la Urbanización la Llanada, sector 04, Barrio Villa Rosa Andina, casa Nº 15, Cumaná, Estado Sucre, en virtud de investigación que le fuera aperturada por la presunta comisión del delito de Violencia Física, previsto y sancionado en el artículo 17 de la Ley Sobre la Violencia Contra la Mujer y la Familia, vigente para el momento de ocurrir los hechos, en perjuicio de Solymar del Valle Suárez Andrade; todo de conformidad con lo establecido en los artículos 108, numeral 5, del Código Penal y 318, numeral 3, del Código Orgánico Procesal Penal. Notifíquese a las partes y remítanse las presentes actuaciones al Archivo Central de este Circuito Judicial Penal, para su guarda y cuido, y posterior remisión, en el lapso de ley, al Archivo Judicial. Cúmplase.
EL JUEZ SEGUNDO DE CONTROL
ABG. GILBERTO CARLOS FIGUERA
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