Este Juzgado Sexto de Control, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, Acuerda sustituir la medida de privación preventiva de libertad, decretada en contra del imputado José Manuel Guevara Salazar, venezolano, titular de la Cédula de Identidad N° V-15.935.453, de 23 años de edad, nacido el 03-01-1983, soltero, hijo de María Salazar y Jesús Eduardo Guevara, Buhonero, residenciado en el Barrio Cruz de La Unión, Calle Los Ángeles, casa S/N° por dentro de la panadería, detrás de la policía Cumaná Estado Sucre, por el delito de Homicidio Intencional en Grado de Complicidad Correspectiva, previsto y sancionado en los artículos 405 del Código Penal en relación con el artículo 424 ambos del Código Penal, por una medida menos gravosa, conforme al ordinal 3 del artículo 256 del Código Orgánico Procesal Penal, consistente en presentaciones cada ocho días ante la unidad de alguacilazgo de este Circuito Judicial. Remítanse las actuacione.....