Por los razonamientos expuestos, éste Tribunal Primero de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, Extensión Carúpano, Administrando Justicia En Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECRETA Medida Cautelar Sustitutiva a la Privativa de Libertad, en contra del imputado EULISES RAFAEL VARGAS PASCALE, Venezolano, nacido en fecha 11-09-1985, de 23 años de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº 16.843.560, de oficio Pescador, de estado civil soltero, hijo de Carmen Pascale y Eulises Vargas, residenciado en El Morro de Puerto Santo, Sector los Cocos, calle la Cisterna, casa s/n, frente a la Escuela, Municipio Arismendi del Estado Sucre, por la presunta comisión del delito de VIOLENCIA FISICA, previsto y sancionado en los artículos 42 de La Ley Orgánica Sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, en perjuicio de la ciudadana NAIROBIS CAROLINA SALAZAR, consistente en un régimen de presentación, cada quince (15) días,.....