este Tribunal Primero de Control Administrando Justicia en Nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, acuerda al imputado WILLIAMS LUIS HURTADO NATERA, venezolano, de 29 años de edad, nacido en Cumaná, en fecha 08-01-1978, de estado civil casado, de profesión u oficio Obrero, hijo de RAMÓN HURTADO y CELIA NATERA, Titular de la Cédula de Identidad N° V- 14.419.048, residenciado en Cachamaure, calle principal, casa S/N, frente al Balneario, Estado Sucre; medidas de seguridad de las contenidas en el artículo 87 ordinales 5° y 6° de la Ley Orgánica sobre el Derecho de la Mujer a una Vida Libre de Violencia, consistentes en la prohibición de acercarse a la victima bien sea en su lugar de trabajo, o de estudio de la mujer agredida, y la prohibición de que el agresor WILLIAMS LUIS HURTADO NATERA, por si mismo o por intermedio de terceras personas realice actos de persecución en contra de la agredida; por la presunta comisión de los delitos de VIOLENCIA PSICOLÓG.....