Por todos los razonamientos antes expuestos, este Tribunal de Primera Instancia en Función Segundo de Control de la Sección de Adolescentes del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, Sede Cumaná, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, de conformidad con el último aparte del artículo 191 de la Ley de Drogas, AUTORIZA LA DESTRUCCIÓN de la sustancia ilícita incautada en el procedimiento realizado en la presente causa, cuyas características y pesos son las siguientes: sesenta y dos gramos con trescientos cincuenta miligramos (62g con 350mg) de cocaína; procedimiento que se ordena realizar a cargo del Ministerio Público, sustancia esta que fue incautada en la causa que se le iniciara al adolescentexxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxx; a quien se le inicio investigación por la presunta comisión de los delitos de Porte Ilícito de Arma de Fuego y ocultamiento de sustancias estupefacientes y psicotrópicas, contemplados en los .....