este Tribunal Primero de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley Decreta EL SOBRESEIMIENTO DE LA CAUSA, seguida a JULIO CESAR GOMEZ LAYA, por la presunta comisión del delito de HOMICIDIO CULPOSO, previsto y sancionado en el artículo 409 del Código Penal, en perjuicio de FRANKLUSI CEDEÑO CARDOZA; de conformidad con lo establecido en el artículo 108 numeral 5º del Código Penal, y el artículo 300 numeral 3 del Código Orgánico Procesal Penal. Así mismo se decreta el Cese del Régimen de presentación impuesto para lo cual se ordena oficiar a la Unidad de Alguacilazgo de este Circuito Judicial Penal.