En atención a las consideraciones antes expuestas, éste Tribunal Primero de Municipio Ordinario y de Ejecutor de Medidas de los Municipios Ribero y Andrés Eloy Blanco del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, y con fundamento en los artículos, 8, 365, y 369, de la Ley Orgánica para la Protección de Niños Niñas y Adolescentes, declara: CON LUGAR, la demanda que por FIJACIÓN DE MANUTENCIÓN, que intentara en su condición de madre la ciudadana: ARLLERLIN DEL VALLE MARCANO MEDINA, Venezolana, mayor de edad, soltera, titular de la cédula de identidad N° V-24.876.973, domiciliada en esta ciudad de Cariaco, Sector 23 de Enero, casa s/nº, parroquia cariaco, Municipio Ribero del Estado Sucre; en contra del ciudadano: JESUS ENRIQUE GARCIA MAIZ, Venezolano, mayor de edad, Titular de la cédula de identidad N°. V-20.125.118, domiciliado en la ciudad de Cariaco, calle San Ju.....