En base a los razonamientos antes expuestos, este Tribunal SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, TRANSITO Y BANCARIO DEL PRIMER CIRCUITO JUDICIAL DEL ESTADO SUCRE, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara IMPROCEDENTE, la MEDIDA de PROHIBICION DE ENAJENAR Y GRAVAR solicitada por la ciudadana JOSEFA INES MORENO DE MARTÍNEZ, venezolana, mayor de edad, viuda, de oficios propios del hogar, titular de la Cédula de Identidad N° V-1.833.472, domiciliada en la Ciudad de Cumaná, Calle Los Silos, Casa N° 49, jurisdicción del Municipio Sucre del Estado Sucre, debidamente asistida por el Abogado en ejercicio JESUS ALBERTO MARTÍNEZ NAVARRO, inscrito en el INPREABOGADO bajo el N° 33.415, domiciliado en le ciudad de Carúpano, Urbanización La Viña, Avenida Dos (02), Casa número Siete (07), jurisdicción del Municipio Bermúdez del Estado Sucre, aquí de tránsito, sobre un inmueble ubicado en la Urbanización Fe y Alegría, Av.....