Por todos los razonamientos antes expuestos, esta Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: SIN LUGAR el Recurso de Apelación interpuesto por el abogado LUÍS ARTURO IZAGUIRRE UGAS, actuando en este acto con el carácter de abogado del ciudadano ROBERT LENY MAVARES NAVARRO, contra la decisión dictada en fecha 14 de Marzo de 2011, por el Juzgado Primero de Primera Instancia en Función de Control, del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, Extensión Carúpano, mediante la cual NEGÓ LA LIBERACIÓN y ENTREGA MATERIAL DEL VEHÍCULO Placa: A07BE3V, Serial de Carrocería: 8YTKF365898A46294, Serial de Motor: 9A46294, Marca: FORD, Clase: CAMIÓN, Tipo: CAVA, Año: 2009, Modelo: F-350, Color: BLANCO, Uso: CARGA, al ciudadano ROBERT LENY MAVARES NAVARRO. SEGUNDO: SE CONFIRMA en todas sus partes la decisión recurrida.