éste Tribunal Segundo de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, Extensión Carúpano, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECRETA LA DESESTIMACION DE LA ACCION PENAL, seguida al ciudadano ELVIS VICTOR AGUILAR RODRIGUEZ venezolana, de estado civil soltera, de 25 años de edad, natural de esta ciudad, donde nació el día 21-11-82, titular de Cédula de Identidad N° 16.843.940, de profesión u oficio oficios caletero, hijo de flor Maria Rodríguez y Arturo Guilarte y domiciliado en el san Martín, calle Páez, N° 70, Carúpano Estado Sucrepor el delito de DAÑOS A LA PROPIEDAD, previsto y sancionado en el artículo 475 del Código Penal, en perjuicio de la ciudadana YELITZE LANDAETA SANTIAGO DE ARAUJO, cuyo enjuiciamiento sólo procede por acusación de parte agraviada, de conformidad con el artículo 301 último aparte del Código Orgánico Procesal Penal. Se acuerda remitir las actuaciones a.....