DISPOSITIVA
Por todos los razonamientos de hecho y de derecho anteriormente expuestos, este Tribunal Quinto de Control de este Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, Extensión Carúpano, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley: Decreta: La Libertad sin Restricciones, a favor del ciudadano Luís Manuel Regnault Moya, venezolano, nacido el 11-02-1981, titular de la cédula de identidad N° 15.882.722, de 27 años de edad, soltero, de oficio docente, hijo de Luís Renault y Arelis Moya, residenciado en la Comunidad de Guayacán de las Flores, Sector 1, vereda 10, casa N° 7 (casa de mis padres), Municipio Bermúdez del Estado Sucre, por no configurarse lo establecido en el artículo 250 del Código Orgánico Procesal Penal. En consecuencia, líbrese Boleta de Libertad, y junto con oficio remítase a la Comandancia de Policía de la ciudad de Carúpano, Municipio Bermúdez del Estado Sucre. Remítase la pre.....