este Tribunal considerando que la presente conciliación cubre las exigencias del artículo 375 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, bajo la decisión del Juez Nº 01, En su sala de Juicio, Administrando Justicia en Nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley IMPARTE LA HOMOLOGACIÓN A LA CONCILIACIÓN suscrita y celebrada por ante la Fiscalía Cuarta del Ministerio Público de este Circuito Judicial del Estado Sucre, entre los ciudadanos XIOMARA JOSEFINA MORGADO, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº V-8.653.562, domiciliada en la Urbanización Campeche, sector III, calle 1, casa N° 26, Cumaná, Estado Sucre,
ELIAS ADJAM, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº V-8.652.718, domiciliado en la Avenida Bermúdez, edificio Edmundo Figuera, piso 03, apartamento N° 08, Cumaná, Estado Sucre, en su condición de padres de los adolescentes Se omite su .....