DISPOSITIVA
Por todos los razonamientos de hecho y de derecho antes expuesto, este Tribunal Quinto de Control Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la ley DECRETA LA PRIVACIÓN JUDICIAL PREVENTIVA DE LIBERTAD, al ciudadano RICHARD ALEXANDER LUNA NARVAEZ, venezolano, Natural de Margarita Estado Nueva Esparta, de 36 años de edad, Titular de la Cedula de Identidad Nº V- 17.407.619, de profesión u oficio pescador, nacido en fecha 26/08/1981, hijo de Nelson Rafael Luna y Delki Narváez Luna, con domicilio en Guaca, calle la marina, casa s/n, cerca de la gallera, Carúpano, Municipio Bermúdez del Estado Sucre, por estar presuntamente incurso en la comisión del delito de ROBO AGRAVADO, previsto y sancionado en el artículo 458 del Código Penal, en perjuicio de VICTOR SALAZAR, todo de conformidad con lo dispuesto en los artículos 236, numerales 1º, 2º y 3º; 237, numerales 2º, 3º, 4° y 5° parágrafo primero y artículo 238, numeral 2º del Có.....