Este Tribunal segundo de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, Extensión Carúpano, Administrando Justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, DECIDE: declara NO CULPABLE, y en consecuencia se ABSUELVE a los ciudadanos: JOSÉ JAVIER MACHADO PÉREZ, apodado "TOCHE", venezolano, de 23 años de edad, de profesión u oficio obrero, titular de la Cedula de Identidad Número V.- 25.557.165, residenciado en el sector Primero de Mayo, calle principal, casa sin número, Municipio Bermúdez Estado Sucre, y ANTHONY VIRGILIO HIDALGO FERRER, apodado "YAGUARITO", venezolano, de 23 años de edad, de profesión u oficio obrero, titular de la Cedula de Identidad Nº V.- 24.715.466, residenciado en el sector 9 de Abril, calle principal, casa sin numero, Municipio Bermúdez Estado Sucre, de la comisión de los delitos HOMICIDIO INTENCIONAL CALIFICADO CON ALEVOSIA EN GRADO DE AUTOR, previsto y sancionado en el artículo 406 numeral 1 del Código Penal, en perjuicio del ciudadano DIMAS J.....