HOMOLOGA el CONVENIMIENTO de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 263 del Código de Procedimiento Civil, en los siguientes términos: PRIMERO: Ceder a favor del Demandante, el 50% que le corresponde de la totalidad de los siguientes bienes: a) Un (1) inmueble, constituido por una oficina o consultorio distinguido con los números y letras, 1.3.A, primer piso, Ala Oeste "A" del edificio Carabobo, situado en la calle Carabobo Nº 31y33, Municipio Bermúdez del Estado Sucre, según consta de copia certificada del Documento de propiedad, anexado al expediente marcado con la letra "E", con un valor aproximado de UN MILLON TRESCIENTOS MIL BOLIVARES (Bs. 1.300.000,00). b) Dos (02) acciones en la Clínica Especialidades, C.A., en su condición de socio de esa institución, como Medico Internista, según consta de constancias expedidas por esa institución, anexadas al expediente marcada con la letra "F" con un valor aproximado de TRES MILLONES DOSCIENTOS MIL BOLIVARES (Bs. 3.200.000,00). c) Cien.....