En virtud de lo antes expuesto, este Tribunal Primero de Control de este Circuito Judicial Penal, Administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley Declara CON LUGAR la solicitud de sobreseimiento de la causa presentada por la abogada Gilga Prado, en su carácter de Fiscal Tercera del Ministerio Público, y en consecuencia se decreta EL SOBRESEIMIENTO DE LA CAUSA, donde aparece como denunciante la ciudadana ROSA ELENA LEE GONZALEZ, venezolana, mayor de edad, Titular de la cédula de identidad N° 15.288.879, residenciada en el barrio El Dique Viejo, Calle 5, Casa N° 50-1, cerca del Muelle Pesquero de esta Ciudad de Cumaná; y como imputado OCTAVIO RAFAEL GONZALEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 5.702.269, residenciado en el Dique Viejo, calle cinco casa N° 50-1 de esta ciudad; por la presunta comisión del delito de HURTO CALIFICADO, previsto y sancionado en el artículo 455 ordinal 3° del Código Penal; todo .....