En consecuencia, por los razonamientos antes expuestos este Tribunal Cuarto de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, Extensión Carúpano, Administrando Justicia en Nombre de La República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, Acuerda MEDIDA CAUTELAR SUSTITUTIVA DE LIBERTAD, en contra de los imputados PEDRO JOSÉ MUJICA CARABALLO, venezolano, natural de Carúpano, Estado Sucre, de 21 años de edad, nacido el 15-02-1993, soltero, hijo de Pedro Mújica y Daisy Caraballo, Obrero, titular de la Cédula de Identidad Número V- 24.753.762 y residenciado en: el Sector Charallave, Calle Nº 04, Callejón Campo Alegre, casa s/n, Carúpano, Municipio Bermúdez del Estado Sucre y ALEJANDRO MARINO CARABALLO CARABALLO, venezolano, natural de Carúpano, Estado Sucre, de 23 años de edad, nacido el 27-06-1990, soltero, hijo de Daisy Caraballo y Arquímedes Maestre, Obrero, titular de la Cédula de Identidad Número V- 20.373.761 y residenciado en: el Sector Charallave, Calle Nº 04, Callej.....