DISPOSITIVA
Por las razones antes expuestas, este Tribunal Penal de Primera Instancia Estadales y Municipales en Funciones de Control Nº 05 del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, Extensión Carúpano. Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECRETA MEDIDA CAUTELAR SUSTITUTIVA A LA PRIVACIÓN DE LIBERTAD, al imputado: FRANKLIN JOSÉ ESPINOZA RODRÍGUEZ, venezolano, natural de Carúpano, Municipio Bermúdez, Estado Sucre, soltero de 33 años de edad, de profesión u oficio Agricultor, portador de la cedula de identidad V 16.841.485, nacido en fecha 10-02-1983, hijo de Santa Espinoza Rodríguez y Jerónimo Gomero Molino y residenciado en el Quebrada de Piedra, Sector la Alcabala, cerca del llenadero El Molino, Vía El Pilar, Municipio Benítez, Estado Sucre, por la presunta comisión del delito de HURTO AGRAVADO, previsto y sancionado en el articulo 452, numeral 8 del Código Penal, en perjuicio de JAIME WUILSON RIVERA GUISSEPPI, c.....