Por todos los razonamientos expuestos este Tribunal Cuarto de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, sede Cumaná, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de Ley, DECRETA, de conformidad con lo establecido en el numeral 3 del artículo 256 del Código Orgánico Procesal, Medida Cautelar Sustitutiva de Libertad en contra de los imputados Juan Carlos Navaro, venezolano, de 39 años de edad, titular de la Cédula de Identidad N° 13.275.367, de oficio indefinido, agricultor, soltero, residenciando en la población de Pantoño, abajo sector el clavo, Municipio Andrés Eloy Blanco, Estado Sucre; Pedro Luís Zapata, venezolano, de 28 años de edad, titular de la Cédula de Identidad N° 15.876.437, de oficio ayudante de albañilería, soltero, residenciando en la población de Pantoño, abajo sector el clavo, Municipio Andrés Eloy Blanco Estado Sucre; Romelia Josefina Martínez, venezolana, de 42 años de edad, titular de la Cédula de Identidad .....